Aportes del organismo con ocasión al Congreso Internacional de Derecho Deportivo, efectuado los días 08 y 09 de noviembre de 2023

Prensa/CIB/Jabeando/10-11-2023.- La Confederación Internacional de Boxeo, conocida por siglas como C.I.B., es una Asociación Civil sin fines de lucro, creada a través del registro de su acta fundacional en la Oficina Registro Público del Sexto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 15 de noviembre de 2016, anotada bajo el Nº 10, folio 68, Tomo 28, Protocolo de Transcripción del año 2016.

Esta organización deportiva, nace como respuesta a las necesidades no solo de esta disciplina deportiva, sino del deporte en general en nuestro país; con el fin de empoderar y salvaguardar los derechos de las personas que hacen posible su realización, al talento humano que lo compone: atletas, entrenadores, jueces, árbitros y personal técnico en general.

De esta forma, al iniciar nuestras actividades, además de sortear una serie de obstáculos burocráticos, debidamente superados por el organismo -más no así por las personas a quienes se le sigue incluso causas penales, por haber tratado de obstaculizar el ejercicio de nuestras actividades, perfectamente consagradas en el artículo 111 de la Constitución Nacional de la República bolivariana de Venezuela- nos topamos además, con una serie de asuntos que por desconocimiento, ignorancia o ambas, plagaban al boxeo nacional de una serie de aspectos injustos y arbitrarios que, fuimos corrigiendo en la medida en que se nos fueron presentando.

Uno de esos obstáculos, fue el hecho de observar como en la práctica del boxeo, nos señalaban que no existía la posibilidad de ejercer apelaciones de las decisiones que se tomaban sobre lo sucedido en el ring.

Siendo esto así, se implementó un sistema de apelaciones, sobre la base de las siguientes consideraciones:

En el boxeo hay tres (3) jueces principales que toman nota de la puntuación round a round; un réferi o árbitro, que es la autoridad sobre el ring y; un juez asignado, con quien se consultan las votaciones de los tres (3) jueces cuando existe duda o posibilidad de error, además de llevar una puntuación paralela para ser cotejada con los jueces principales, de ser necesario.

Adicional a esto está la Comisión Técnica, que en nuestro caso, está integrada por el juez asignado; por el Director de la Comisión Técnica (Lcdo. Jesús Vallenilla); por el sub director de la Comisión Técnica (Lcdo. José Gregorio Rodríguez); por un asesor legal (Dr. Marcial Vargas) y; por un médico (Dra. Mayelin Vázquez Ferrer) y su asistente, bien dedicado a la labor de enfermería o un médico en formación.

Siendo esto así, cuando existe desacuerdo con una decisión tomada en las papeletas o alguno de los equipos participantes -esquina azul o esquina roja, representada respectivamente, tanto por el atleta como por sus entrenadores y asistentes- tiene una queja, cuentan con 5 minutos -por un tema de inmediatez- para interponer apelación en contra de la decisión de una manera fundada, es decir que, no basta señalar un descontento en los resultados de la misma, como suele suceder, sino que además se debe indicar los motivos que llevan al equipo a quejarse de la decisión o a recurrir/apelar de la misma.

Una vez ejercida la apelación, comienzan a transcurrir 10 minutos para que la Comisión Técnica resuelva la incidencia; lo cual en la práctica de nuestro organismo, ha resultado en el cambio de la decisión en varias oportunidades.

Con la implementación de lo anterior, incorporamos al boxeo nacional a través de una adaptación, el resguardo del debido proceso -institución universal- llevado al deporte, a través del ejercicio del derecho a recurrir que tienen las partes que intervienen en un evento.

En este mismo orden, como parte de las garantías fundamentales, constitucionales y legales que debe tener todo competidor, fue incorporado a nuestros eventos deportivos, la selección del personal técnico del organismo que participa en los combates, a través de una sesión pública y democrática, la cual se realiza el mismo día en que finaliza la ceremonia del pesaje (Acto mediante el cual se verifica el peso, condición física y estado de salud de los atletas participantes)

Es de esta forma como, entre el personal técnico del organismo presente el día de la ceremonia del pesaje (Árbitros, inspectores de asalto o cronometrista), los representantes de las diferentes escuelas, clubes y  gimnasios participantes, tienen la posibilidad de impugnar a cualquier persona electa como juez u otro miembro del personal técnico, si consideran que se encuentra comprometida su imparcialidad para el desempeño de sus funciones por motivos lógicos, por ejemplo, considerar que uno de ellos se encuentra parcializado, bien por amistad o enemistad manifiesta con alguno de los competidores o entrenadores.
En esta adaptación de las instituciones del debido proceso a la práctica del boxeo en Venezuela, la Confederación Internacional de Boxeo ya posee entre sus logros, un campeón regional que ha disputado el título con atletas de otros países, como es el caso de Colombia, lo que hace que estas nociones fundamentales aplicadas al deporte, en específico al boxeo, puedan ser observadas y aplicadas en otras latitudes.
Nuestro organismo cuenta en la actualidad con muchos más aportes al boxeo nacional; sin embargo, su difusión dependerá del interés de quienes reciben esta información, para su debida ampliación.

La exposición de estas particularidades nacen como consecuencia de una intervención realizada el día miércoles 08/11/2023- primer día del Congreso Internacional de Derecho Deportivo -por parte del Lcdo. Eduardo Álvarez, quien señaló que “en el boxeo venezolano no había apelación”, sin embargo, como se ha señalado arriba, nosotros como institución deportiva venezolana, sí respetamos esos derechos de los equipos y de los atletas durante nuestras competiciones; ejemplo que puede ser perfectamente trasladado al boxeo internacional y, a otras disciplinas deportivas, considerando las palabra de la Dra. Patricia Muñiz (México), quien durante su exposición indicó, que el deporte no es un ente aislado donde solo se aplican las normas privadas o establecidas por los equipos, sino que debe acogerse a instituciones de orden público, que deben ser respetadas en el marco de todo proceso deportivo.

Caracas, 9 de noviembre de 2023.

JUNTA DIRECTIVA DE LA CIB
Oscar Borges Prim presidente
Diurkin Bolívar vicepresidenta
Indira Amarista Aguilar secretaria ejecutiva
Jesús Vallenilla director Comisión Técnica
José Gregorio Rodríguez sub director Comisión Técnica
Marcial Vargas asesor legal
Mayelin Vázquez Ferrer médico
José Ángel Ibarra capitán de réferis
Boxeo Profesional: Danny Sandoval
Juez / Árbitro: José Benítez Juez y José Aguilera Juez

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